Tras la publicación en el Boc del 15 de Agosto y causando efectos a partir de las 00.00 horas del lunes 17 de Agosto, a la hora de organizar un evento deportivo donde se prevea una alta participación de deportistas y/o público, es de obligado cumplimiento solicitar autorización para su organización a la Dirección General de Salud Pública .
Publicación en el Boc. ver documento
Documento al que se refiere el Boc. ver documento
"11.- Se modifica el apartado octavo que pasa a tener la siguiente redacción:
"OCTAVO. EVENTOS Y ACTIVIDADES MULTUDINARIAS Y USO DE PLAYAS Y PARQUES EN
HORARIO NOCTURNO
1.- Se deberá realizar una evaluación del riesgo por parte de la autoridad sanitaria para
aquellos eventos que, no resultando prohibidos por la presente resolución, se encuentren comprendidos
en el documento "Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en
el contexto de nueva normalidad por covid-19 en España", acordado en la Comisión de Salud
Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. En función de esta evaluación,
cada evento de estas características deberá contar con la autorización de la Dirección General de Salud Pública".